Presentado el Programa Kit Digital para Autónomos y PYMES.
El Gobierno de España ha ampliado los plazos para solicitar la ayuda Kit Digital 2024, brindando más tiempo a las empresas para beneficiarse de esta iniciativa. Las ventajas de solicitar el Kit Digital son numerosas: permite a las pymes y autónomos modernizar sus infraestructuras digitales, mejorar la eficiencia operativa y aumentar su competitividad en el mercado. Además, facilita la adopción de nuevas tecnologías, optimizando procesos y potenciando la presencia online. Esta ayuda representa una oportunidad única para impulsar la transformación digital de los negocios, adaptándolos a las demandas actuales y futuras del entorno digital.
Contáctanos y podremos añudarte a solicitar y gestiones el Kit Digital.
Convocatorias Abiertas del Kit Digital
Para empresas de 10 a 50 empleados.
Plazo de presentación: Ampliado hasta el 31/12/2024.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €).
Requisitos de participación:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas y personas en situación de autoempleo del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
No podrán ser beneficiarias:
Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización
Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Para empresas de 3 a 10 empleados.
Plazo de presentación: Ampliado hasta el 31/12/2024.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de seis mil euros (6.000 €).
Requisitos de participación:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
No podrán ser beneficiarias:
Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores, en los términos previstos en la normativa aplicable.
Las uniones temporales de empresas (UTE).
Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Para empresas de menos de 3 empleados.
Plazo de presentación: Ampliado hasta el 31/12/2024.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de dos mil euros (2.000 €).
Requisitos de participación:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
No podrán ser beneficiarias:
Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.
Las uniones temporales de empresas (UTE).
Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
¿Cómo puedo obtener las ayudas para la digitalización de PYMES y Autónomos?
Para poder optar por las ayudas del Kit Digital debes primeramente registrarte en la Plataforma Acelera PYME ,utilizar la herramienta de autodiagnóstico para conocer el grado de integración digital de tu empresa, luego podrás consultar el catálogo de soluciones digitales y seleccionar una o varias de las soluciones que te ofrecerán, por último completarás el formulario para la solicitud de la ayuda Kit Digital.
Una vez que te aprueben el bono digital, accede al catalogo de agentes digitalizadores y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital.
Digitalay cuenta con una red de colaboradores con los que puedes contar para solicitar, gestionar y aplicar el Kit Digital. Ponte en contacto con nosotros y buscaremos la mejor opción para ti.